El caso Roxana Ruiz dio un giro inesperado luego de que el fiscal mexiquense, José Luis Cervantes, ordenó que la institución a su cargo se desista del caso de homicidio por el cual la mujer fue sentenciada culpable por “exceso de legítima defensa” contra su agresor
El caso Roxana Ruiz dio un giro inesperado luego de que el Fiscal General de Justicia del Estado de México, José Luis Cervantes Martínez, ordenara la atracción de la investigación y posterior desistimiento del ejercicio de la acción penal a la Fiscalía Central para la Atención de los Delitos Vinculados a la Violencia de Género. Lo anterior ocurre luego de una reciente sentencia emitida por el Tribunal de Enjuiciamiento del Distrito Judicial de Nezahualcóyotl, que condenaba culpable a la mujer por el delito de homicidio de su agresor y se le sentenciaba a seis años y dos meses de prisión por «exceso de legítima defensa».
En un comunicado se informó que tras una exhaustiva revisión del caso Roxana Santiago, llevada a cabo por las áreas sustantivas de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM), se determinó que la conducta de Roxana Ruiz Santiago durante los hechos que se le imputaban está exenta de responsabilidad penal. La Fiscalía consideró que la acusada actuó en legítima defensa, una circunstancia que constituye una causal de sobreseimiento según el Artículo 327, fracción IV, del Código Nacional de Procedimientos Penales.
La decisión de la Fiscalía de desestimar la condena y declarar legítima defensa en el caso Roxana Ruiz se basa en los parámetros metodológicos que deben tenerse en cuenta cuando están involucrados sujetos de grupos vulnerables. En el documento se señala que esta determinación, además de ser una muestra de compromiso con la justicia, busca garantizar el respeto de los derechos humanos y promover una perspectiva de género en todas las investigaciones.
Con base en el Artículo 144 del Código Nacional de Procedimientos Penales, el Fiscal General de Justicia del Estado de México ha ordenado el desistimiento del ejercicio de la acción penal a favor de Roxana Ruiz Santiago. Este paso es necesario para que el juez correspondiente pueda resolver lo conducente y tomar una decisión final en el caso.
La decisión de la Fiscalía ha generado diversas reacciones en la sociedad. Mientras algunos sectores aplauden la decisión, argumentando que, particularmente, en el caso Roxana Ruiz se ha hecho justicia al considerar la legítima defensa, otros cuestionan si la decisión está en línea con los principios de imparcialidad y objetividad que deben guiar el sistema judicial.
Es importante mencionar que, en el comunicado institucional, la Fiscalía General de Justicia del Estado de México reafirmó su compromiso de investigar con eficacia, honradez, imparcialidad, objetividad, profesionalismo, perspectiva de género y pleno respeto a los derechos humanos, no solo en el caso Roxana Ruiz sino en todos ellos, siendo su objetivo principal es garantizar que la justicia se aplique de manera equitativa y que se respeten los derechos de todas las personas involucradas en los casos.
La decisión de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México de desestimar la condena por homicidio y declarar legítima defensa en el caso Roxana Ruiz ha generado un debate en la sociedad. Mientras se reconoce el compromiso de la Fiscalía con la justicia y los derechos humanos, también se plantean interrogantes sobre la imparcialidad y objetividad en el sistema.
Cabe recordar que hace unos días el presidente Andrés Manuel López Obrador se pronunció al respecto del caso Roxana Ruiz y afirmó que podría recurrir a sus atribuciones para otorgar el indulto a la mujer acusada y sentenciada por el homicidio de su agresor sexual pero con «exceso de legítima defensa» según la juez del caso, Mónica Osorio Palomino; oferta que la propia acusada habría rechazado.



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