Melchor Ocampo defiende territorio ante diferendo limítrofe

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Melchor Ocampo defiende territorio ante diferendo limítrofe

Melchor Ocampo defendió su territorio ante la Comisión de Límites, mientras Cuautitlán y Teoloyucan presentaron argumentos y pruebas dentro del diferendo municipal vigente hasta ahora

La Comisión de Límites Territoriales del Estado de México y sus Municipios del Congreso mexiquense avanzó en varios procedimientos de diferendo territorial, entre ellos el expediente A-37, que involucra a Teoloyucan, Cuautitlán y Melchor Ocampo.

Durante los trabajos de la LXII Legislatura, el órgano presidido por el diputado Román Francisco Cortés Lugo aprobó la garantía de audiencia para Melchor Ocampo, en su calidad de parte demandada, y acordó solicitar a las partes que entreguen las pruebas que consideren necesarias para respaldar sus planteamientos.

El plazo establecido es de 30 días hábiles posteriores a la notificación. Las manifestaciones escritas tendrán especial relevancia para el análisis del procedimiento y la valoración de las pruebas, mientras que las intervenciones realizadas durante la audiencia cumplen principalmente una función protocolaria, explicó Cortés Lugo.

El diputado también llamó a las autoridades municipales involucradas a considerar las necesidades expresadas durante el procedimiento y buscar una salida pacífica, con atención a la población y dentro de las atribuciones previstas por las leyes.

En la audiencia no estuvo físicamente una persona representante de Teoloyucan, aunque sus manifestaciones por escrito ya habían sido entregadas a la secretaría técnica de la comisión.

Cuautitlán presentó argumentos técnicos, jurídicos e históricos. Su apoderado legal, Héctor Daniel Solís Martínez, sostuvo que Melchor Ocampo no hace valer el Decreto número 169, publicado en la Gaceta de Gobierno, y señaló que el Decreto número 18, publicado el 23 de noviembre de 1917, establece los poblados que integran su territorio. Afirmó que no existe un documento, decreto o modificación posterior que haya alterado esa delimitación.

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Desde Melchor Ocampo, la presidenta municipal Victoria Aurelia Víquez Vega sostuvo que su gobierno ejerce jurisdicción y presta servicios públicos en San Quirino, El Colorado, El Tejado, Villa María, La Reforma, Las Palomas, La Venecia, diversos ranchos y el fraccionamiento Álamos 3, incluidos en la poligonal en disputa.

La alcaldesa agregó que Teoloyucan y Cuautitlán carecen, según su planteamiento, de un decreto legislativo de creación o delimitación territorial que sustente su pretensión sobre esa zona. El síndico Leobardo Ramírez Mendoza señaló que la pertenencia territorial será acreditada con antecedentes legislativos, actos de gobierno, registros civiles, información catastral y fiscal, además de documentos sobre servicios públicos, seguridad y protección civil.

El expediente A-37 no fue el único asunto atendido. La comisión aprobó también la admisión y desahogo de una prueba testimonial ofrecida por Temoaya dentro del diferendo con Toluca, vigente desde 2014 y relacionado con 15 hectáreas del ejido San José Buenavista El Chico, donde habitan alrededor de 300 familias.

Mario Alcántara Bermúdez, delegado municipal de esa comunidad, señaló que el conflicto ha generado problemas locales y advirtió que existen 13 comunidades asentadas en la zona, algunas interesadas en conformar sus propias delegaciones. Por ello, pidió que el procedimiento avance con seriedad y agilidad para alcanzar una resolución.

Los diferendos territoriales requieren pruebas documentales, testimoniales, periciales e inspecciones para establecer las posiciones de los municipios. Los acuerdos adoptados abren nuevas etapas procesales en expedientes con antecedentes históricos y elementos técnicos de ubicación territorial.

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En otro punto, la comisión aprobó acuerdos para admitir y desahogar pruebas en los expedientes A-20, correspondiente a Jaltenco-Tultepec; A-21, Jaltenco-Zumpango; A-22, Jaltenco-Nextlalpan-Melchor Ocampo, y A-38, Teoloyucan-Cuautitlán Izcalli.

Los municipios involucrados deberán ser notificados y tendrán 15 días hábiles para conocer las pruebas aportadas. Quienes ofrecieron inspección ocular deberán remitir, en un plazo de cinco días hábiles, los puntos propuestos para su desahogo, debidamente georreferenciados. El acuerdo fue aprobado por mayoría.

También se fijó el 10 de septiembre de 2026 para la aceptación y protesta del cargo de peritos en materia de diferendos limítrofes. La medida comprende el expediente A-23, relativo a Atizapán de Zaragoza, para pruebas periciales en Topografía, Ingeniería en Agrimensura e Identidad de Inmuebles, así como el expediente A-34, correspondiente a Tequixquiac, para una prueba pericial en Topografía.

En el caso de Atizapán de Zaragoza, el municipio desistió de la prueba de inspección ocular que había ofrecido dentro del procedimiento correspondiente. Con ello, quedó sin materia la preparación y el desahogo de esa prueba.

Por su parte, Jilotzingo presentó manifestaciones y alegatos dentro de su procedimiento. La comisión le requirió entregar dos copias simples y el archivo digital del documento respectivo en un plazo de cinco días hábiles.

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La resolución de estos procedimientos corresponde al ámbito institucional previsto para atender las controversias sobre límites municipales. En cada expediente, la valoración de documentos, testimonios, dictámenes técnicos e información georreferenciada será parte del proceso para determinar los elementos territoriales que correspondan conforme al marco jurídico aplicable.

Con la audiencia de Melchor Ocampo y la admisión de nuevas pruebas en otros expedientes, la Comisión de Límites Territoriales mantiene abiertos procedimientos que involucran a municipios del Estado de México. El siguiente paso será el desahogo de las pruebas dentro de los plazos establecidos y su posterior valoración por la instancia legislativa.

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