La tercera es la vencida: Reconocimiento y garantías para los trabajadores del arte y la cultura

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José Antonio Martínez "El H" - Hilo rojo

Entender que más allá de repartir dinero, entregar becas o prestar espacios para el arte y la cultura (muchos carentes de la infraestructura requerida) era necesario modificar las leyes, les llevó a los legisladores bastante tiempo

José Antonio “H” Martínez / @Marginaldo_Mtz

Hasta hace poco, en buena parte de —si no es que toda— América Latina, quienes se dedicaban al quehacer artístico cultural habían tenido que soportar precariedad laboral, falta de garantías en el trabajo, imposibilidad de contar con seguridad social, además de remuneraciones poco justas por su labor (a pesar de que actualmente la actividad representa 3.3% del PIB, para el caso de México), todo esto debido a la falta de reconocimiento jurídico de los trabajadores del ramo.

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Lo anterior se resumía perfectamente en la frase “de artista te vas a morir de hambre”, que implicaba también la idea generalizada de que el arte era un hobbie y no podía ser visto como una profesión, aún cuando formaba parte de la oferta académica de Universidades, Institutos y Academias a lo largo y ancho del planeta.

No fue si no hasta 1980, año en que la UNESCO publicó las “Recomendaciones sobre la condición del artista” y en las que habla sobre la importancia de las garantías para este sector, que las instituciones comenzaron a preocuparse (tardaron más en ocuparse) por la situación y aunque se siguieron emitiendo documentos e informes al respecto, parecía que los encargados de emitir y aplicar las leyes, en este caso la del trabajo, no consideraban importante la protección de los creadores, que tuvieron que organizarse y crear sindicatos o colectivos que respaldaran a sus miembros, pero dejaban fuera a aquellos que no formaran parte de los mismos.

Si bien, en un intento por atender el problema se crearon apoyos económicos y programas que buscaban “ayudar” al sector, estos acabaron siendo meramente asistenciales y en algunos casos, más que soluciones, paliativos o premios de consolación y hasta limosnas que solo llegaban a unos cuantos y alargaban la agonía sin atacar el problema de raíz.

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Entender que más allá de repartir dinero, entregar becas o prestar espacios (muchos carentes de la infraestructura requerida) era necesario modificar las leyes, les llevó a los legisladores bastante tiempo, ya que apenas en 2019 se presento la primer iniciativa para reformar los artículos 3° y 4° de la Constitución (que versan sobre el derecho al acceso y desarrollo de actividades culturales) y que desafortunadamente no pasó.

Un nuevo intento (infructuoso) se hizo en 2022 con la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley del Seguro Social, en materia de personas trabajadoras de la cultura y el arte y que buscaba dar certeza y garantías laborales.

Y como dice el dicho “la tercera es la vencida”, fue apenas ayer, cuando la LXV legislatura, aprobó la reforma los artículos 304, 305, 306, 307, 308, 309, 310 y la denominación del Capítulo XI del Título Sexto de la Ley Federal del Trabajo.

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La reforma define como personas trabajadoras de la cultura y el arte a los actores, músicos, gestores culturales, curadores de arte, escritores, pintores, escultores, cineastas, fotógrafos, intérpretes de danza, artesanos y demás personas que tengan una profesión u oficio relacionado con la creación artística.

De igual forma, establece las relaciones de trabajo por obra artística, literaria o actividad artesanal, e implementa la obligatoriedad del contrato por escrito y las especificaciones de este, plantea que el salario podrá estipularse por unidad de tiempo, obra artística o literaria e indica las prestaciones que deberán comprenderse en el régimen obligatorio del seguro social.

Aunque tarde y después de muchos años de lucha, por fin llega una victoria para los involucrados en el arte y la cultura, ahora sólo falta que dicha modificación se haga efectiva y no se quedé sólo en buenas intenciones y por supuesto, que sea aplicable sin distingos y por supuesto, que no sea alcanzada ni contaminada por la corrupción.

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